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2022-07-28 19:06:17 Cómo pagar los derechos de la Residencia Definitiva en línea

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2022-07-27 20:46:10 Desde el pasado 12 de febrero de 2022, los extranjeros que hayan solicitado un permiso de residencia temporal dentro de Chile y cuenten con el Certificado de Residencia Temporal en Trámite, podrán trabajar en el país durante la tramitación de sus solicitudes, sin la necesidad de un permiso de trabajo adicional.

https://immichile.cl/permiso-de-trabajo-con-visa-en-tramite-en-chile/
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2022-07-26 17:58:57 De acuerdo a la Ley N° 21.456, el ingreso mínimo mensual en Chile para trabajadores de entre 18 y 65 años de edad se elevará a CLP$400.000, a contar del próximo 1 de agosto.

Por su parte, hoy, 26 de julio de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile el Decreto Supremo N° 1.089 de 2022, del Ministerio de Hacienda, que determina, a partir del 1 de agosto de 2022, el Ingreso Mínimo Mensual para los trabajadores y las trabajadoras menores de 18 años de edad y mayores de 65 años de edad, el Ingreso Mínimo Mensual para efectos no remuneracionales, asignación familiar y maternal y subsidio familiar.

El Decreto N° 1.089, determina, que a partir del 1 de agosto de 2022:

1) El ingreso mínimo mensual para los trabajadores menores de 18 años de edad y mayores de 65 años de edad será de CLP$298.391 y el ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales será de CLP$257.836.

2) Los tramos y montos de la asignación familiar y maternal serán:
a) De $16.418 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $419.414.
b) De $10.075 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $419.414 y no exceda de $612.598.
c) De $3.184 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $612.598 y no exceda de $955.444.
d) Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo ingreso mensual sea superior a $955.444, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este resuelvo.

3) El monto del subsidio familiar será de $16.418.

Fuente: https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2022/07/26/43311/01/2161241.pdf
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2022-07-26 17:58:41
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2022-07-22 02:38:45 Si eres nacional de Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay o Uruguay, puedes postular al permiso de residencia temporal para personas acogidas a tratados internacionales, en razón del acuerdo sobre residencia de los Estados Partes del Mercosur vigente con Chile.

La solicitud debe realizarse desde el extranjero a través del sitio web de Trámites Digitales del Servicio Nacional de Migraciones (tramites.serviciomigraciones.cl).

Excepcionalmente, podrán postular a este permiso, dentro de Chile, quienes hayan ingresado al país antes del 12 de febrero de 2022 (https://twitter.com/eduardothayer/status/1527982195737911297?t=kp-H0W6p1Hk99N0rvK8zsw&s=19)
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2022-07-22 02:38:42
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2022-07-20 00:44:39 Podrán solicitar este permiso de residencia temporal aquellos extranjeros que tengan interés en establecerse en el país con el objetivo de estudiar en establecimientos educacionales reconocidos por el Estado.

Los titulares de un permiso de residencia para estudios podrán desarrollar actividades remuneradas lícitas por hasta 30 horas semanales, sin necesidad de obtener una autorización adicional para ello.

Estas actividades podrán ser desempeñadas en la propia entidad educacional en la que cursan sus estudios, o bien para cualquier otro empleador o contratante, observando para ello las reglas generales que correspondan según el vínculo contractual de que se trate.

En caso de ejercer este tipo de actividades deberá informarse al Servicio Nacional de Migraciones adjuntando copia del contrato de que se trate. En ningún caso el desempeño de estas actividades remuneradas podrá ser justificación suficiente para la pérdida de la calidad de estudiante, a menos que se exceda el máximo de 30 horas semanales.

Podrá el permiso a quienes hayan perdido la calidad de estudiantes regulares, sin perjuicio de las situaciones de caso fortuito o fuerza mayor que puedan hacerse valer en el procedimiento administrativo de revocación, y cuya ponderación deberá resolver fundadamente ese Servicio en el acto que ponga término al procedimiento.

De acuerdo al artículo 23 del DS 177/2022, la solicitud del permiso de residencia para extranjeros que busquen establecerse en el país con el objetivo de estudiar en establecimientos educacionales reconocidos por el Estado debe realizarse desde el extranjero.

Fuentes:
- Artículos 23 a 25 del DS 177/2022: https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2022/05/14/43253/01/2128680.pdf
- Extranjeros que busquen establecerse en el país con el objetivo de estudiar en establecimientos educacionales reconocidos por el Estado – Servicio Nacional de Migraciones: https://serviciomigraciones.cl/residenciatemporal/estudiantes/
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2022-07-20 00:43:53
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