2022-07-26 17:48:24
#Captador El director del CICPC (policía judicial) , comisario general Douglas Rico, anunció hoy la aprehensión de César Julio Gómez López, un hombre de 35 años, que fue presentado como un estafador internacional, quién es parte de una organización delictiva que identifico como "Los Captadores de ZOE". Es la primera detención en Venezuela por la #EstafaZOE, cuyo cabecilla es el argentino Leonardo Cositorto.
¿Por que el jefe policial pone el énfasis de su anuncio en el término captador? ¿Acaso no es un estafador que se apoderó del dinero de múltiples víctimas? No se trata de una sutileza ni de una exquisitez del lenguaje. Vamos a explicarlo en forma concisa y brevemente.
En la legislación penal venezolana el delito de estafa tiene una pena muy breve, de solo entre 1 y 5 años de prisión, según el artículo 462 del Código Penal. En la práctica no existe ninguna medida de restricción de la libertad del condenado, que será favorecido por fórmulas alternativas al cumplimiento de pena.
Por lo tanto el anuncio del jefe policial evidencia que la estrategia jurídica es procesar a los participantes en la mega estafa por el delito de captación indebida, previsto en la ley de instituciones del sector bancario, cuya pena es de 8 a 12 años de prisión.
La tipificación delictiva le da un vuelco a esta causa pues sería más sencillo relacionar a los "captadores" (y aumentar la cantidad de procesados) cuyo comportamiento delictual implica el ofrecimiento de "charlas, conferencias, viajes y encuentros con otros inversionistas".
Este tipo de acciones está documentado detalladamente en las publicaciones colgadas en redes y canales sociales de la web y en aplicaciones de mensajería y reuniones virtuales que se popularizaron durante la pandemia. Además de los múltiples eventos presenciales convocados y reseñados a través de internet.
https://twitter.com/latablablog/status/1551756532991381509?t=WKgOvhT6UzUQFu-UbQDeMw&s=08
143 viewsVictor Hugo Majano, 14:48