* Encontrarse en situación migratoria irregular * Acreditar permanecía continuada en España de mínimo 2 años. * Acreditar una relación laboral con “entidad suficiente” de 6 meses mínimo * La relación laboral debe ocurrir dentro de los 2 años previos a la solicitud del arraigo laboral * La relación laboral debe acreditar un mínimo de 30h semanales * La relación laboral puede acreditarse con uno o varios empleadores. * El salario debe suponer al menos el mínimo interprofesional (€13000/anual) * Acreditar antecedentes penales últimos 5 años apostillados incluyendo origen. * Los autónomos no califican.(expc.Ryders) * Los estudiantes no califican, solo podrían acreditar 20h no cubriendo el mínimo. * Pago de tasa. * Completar formato de arraigo. * Residencia por 1 año renovable
Una instrucción puede ser recurrida en cumplimiento de la Ley a la que se subordina.