2022-01-05 03:21:58
Recursos Humanos En Cuba:
Lo primero es que debemos eliminar esa costumbre de pensar que el sector presupuestado labora 24 días, pues eso no lo establece ninguna ley vigente, también debemos dejar de pensar que en este sector siempre se labora 8 horas diarias, los horarios son adecuados según lo establece la entidad, pueden ser de 8 hrs todo los días con sábados alternos, o 8 hrs de lunes a viernes y todos los sábados 4 hrs, o 9 hrs de lunes a jueves y 8 hrs el viernes, como pueden ver lo que hay que cumplir es el régimen semanal, poque las horas de un día de trabajo varian según el horario establecido
Otros se suman a la idea que se laboran 190,6 horas, lo cuál tampoco lo indica ninguna ley, lo que si establece el decreto 326 en su artículo 130, es que en el sistema de pago a sueldo se deduce las horas dejadas de laborar, de que manera?, pues multiplicando el coeficiente que resulte de dividir el sueldo mensual entre 190.6 horas cuándo la jornada de trabajo es de 44 hrs semanales por las horas dejadas de laborar, y ese resultado se lo dedusco al salario del trabajador, ejemplo, trabajador que devenga 4210 pesos y se ausenta un día de 9 hrs (recuerden que se deducen horas dejadas de laborar, y eso depende de las horas que según su horario, no laboro) pues sería, 9 x 4210 / 190.6 = 198.80, y ese resultado se lo dedusco a su salario, en este caso 4210, dando como resultado 4011.20 pesos.
Hay personas que deducen por días, pero no puede ser así, porque se paga por horas, y no todos los días traen las mismas horas de trabajo, hay versiones del versat que estan mal configuradas, o para decirlo de otra manera, no se ajustan a lo establecido, ellas automáticamente dividen 190.6 hrs entre 24, dando una tarifa de 7.94, pues cuando por el sistema le den como ausence un día, el automaticamente deducira a razon de 7.94 hrs, que no es lo establecido.
Les comento de dónde sale el 190.6 que muchos creen que beneficia más al presupuestado, pues les digo, ambos sectores, ya sea el presupuestado o el empresarial siempre que el régimen sea de 44 hrs semanales deben hallar su tarifa por 190.6, los sistemas empresariales devengan su salario segun el tiempo real trabajado y algunos meses devengan menos y otros más, pero como promedio anual, devengan muy parecido ambos sectores, porqué?, pues porque el 190.6 surge a partir de multiplicar el régimen de trabajo por las semanas que trae un año entre los 12 meses del año (44 * 52 / 12 = 190.6).
Siempre que comparo ambos sectores pongo un ejemplo que creo que lo explica de manera distinta, Imagínense que tienen dos pájaros, uno en una jaula y otro suelto en el jardín, pues el de la jaula todos los días tiene su alpiste garantizado, aunque cante más, o cante menos, sólo por estar en su sitio. Ahora el pájaro del jardín es cazador de su propia comida, lo mismo se alimenta de un camaleón y duerme a barriga llena, o no caza nada, por diferentes factores, y igual que al otro le doy alpiste, ese pájaro crea tales habilidades que se cuida sus uñas para cazar mejor, su pico para morder y picar mejor, además de sus ojos para ver a sus presas mejor. Ahora los dos pájaros son importantes, porque los dos cantan de lo más bien, pero uno come quizás más y el otro simpre igual.
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