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Juicio No: 10333202102735, PRIMERA INSTANCIA, número de ingres | 🔘GUARDIANES DE LA LUZ INFINITI

Juicio No: 10333202102735, PRIMERA INSTANCIA, número de ingreso 1
Casillero Judicial No: 0
Casillero Judicial Electrónico No: 0
Fecha de Notificación: 20 de diciembre de 2021
A: ZAMBRANO OQUENDO IVAN PATRICIO
Dr / Ab:

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN IBARRA

En el Juicio No. 10333202102735, hay lo siguiente:

(10333-2021-02735)VISTOS.- Agréguese al expediente el escrito electrónico presentado por el accionante RICARDO PAUL MALES PABON, con el cual complementa su petición inicial.

La demanda de Acción Constitucional de Protección presentada por el señor IVAN PATRICIO ZAMBRANO OQUENDO, es clara y reúne los requisitos de ley, por lo que se le acepta al trámite legal correspondiente; en consecuencia córrase traslado y notifíquese en el lugar indicado en la demanda:

A la MINISTRA DE SALUD DRA. XIMENA GARZON, con esta acción y providencia recaída, en su despacho, mediante atento deprecatorio electrónico dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia de Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, librando el correspondiente despacho en forma.

A la MINISTRA DE EDUCACION SRA. MARIA BROWN, con esta acción y providencia recaída, en su despacho, mediante atento deprecatorio electrónico dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia de Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, librando el correspondiente despacho en forma.

Al COE CANTONAL, a quien corresponda, en su despacho, mediante la oficina de citaciones y notificaciones de esta Unidad Judicial Multicompetente Civil de Ibarra.   

AL MINSTERIO DE SALUD ZONAL, a quien corresponda, en su despacho, mediante la oficina de citaciones y notificaciones de esta Unidad Judicial Multicompetente Civil de Ibarra.   

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 237.2 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con lo que señala el Art. 6 de la Ley Orgánica de la Procuraduría del Estado, notifíquese al DR. IÑIGO SALVADOR CRESPO, en su calidad de Procurador General del Estado, en el correo que es de conocimiento público; sin perjuicio que se lo haga  a través de su  Delegado en la Provincia de Imbabura remitiendo para el efecto suficiente despacho a la Sala de Analistas de Citaciones de esta Unidad Judicial.

Tenga lugar la respectiva audiencia pública el día JUEVES 23 DE DICIEMBRE DE 2021, A LAS 10h00, en la sala No. 2, segundo piso de esta Unidad Judicial Civil, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 86 de la Constitución de la Republica, y 13 de la Ley de  Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, en la que las partes presentarán los elementos probatorios para determinar los hechos conforme dispone el Art. 13 numeral 4 de la ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional; en la que además de creerlo pertinente se ordenará la práctica de pruebas.- NOTIFÍQUESE.-



f: TERAN GRIJALVA MILTON RADAMES, JUEZ

Lo que comunico a usted para los fines de ley.
SALAZAR BENAVIDES FABIOLA MARISOLSECRETARIO

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