2022-01-18 16:33:41
¿Quiénes están obligados a presentar declaración de Rentas (ISLR)?
El artículo 77 de la ley de ISLR vigente establece que:
PERSONAS NATURALES RESIDENTES
Las personas naturales residentes en el país y las herencias yacentes que obtengan un enriquecimiento global neto anual superior a mil unidades tributarias (1.000 U.T.) o ingresos brutos mayores de mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.) deberán declararlos bajo juramento ante un funcionario, oficina o por ante la institución que la Administración Tributaria señale en los plazos y formas que prescriba el Reglamento.
Igual obligación tendrán las personas naturales que se dediquen exclusivamente a la realización de actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel primario y obtengan ingresos brutos mayores de dos mil seiscientas veinticinco unidades tributarias (2.625 U.T.).
ENTIDADES JURÍDICAS
Las compañías anónimas y sus asimiladas, sociedades de personas, comunidades y demás entidades señaladas en los literales c y e del artículo 7 de esta Ley, deberán presentar declaración anual de sus enriquecimientos o pérdidas,
cualquiera sea el monto de los mismos.
El valor de la UT para el ejercicio fiscal que finaliza el 31/12/2021 es de Bs. 0,02
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